Dan a IFT luz verde en Corte

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- El must carry-must offer regresó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

La Ministra de la Suprema Corte de Justicia Olga Sánchez Cordero suspendió ayer la orden de un juez local del Distrito Federal que impedía al Instituto resolver sobre la retransmisión gratuita de canales de Televisa en sistemas de paga.

El esquema de must carry plantea la obligación de las cableras de incluir de manera gratuita señales de TV abierta, y el must offer la obligación de la TV abierta de ofrecer a todos los cableros de forma gratuita su señal.

Sánchez Cordero admitió a trámite la controversia constitucional que el Ejecutivo promovió la semana pasada para defender las facultades del IFT, que están claramente indicadas en la Constitución, pero que fueron ignoradas por el juez 32 civil del DF, José Guadalupe Mejía Galán.

Además concedió una suspensión que deja sin efectos la orden de Mejía, que fue dictada como parte de un juicio iniciado por Televisa contra Dish en 2011.

Sánchez otorgó la suspensión de oficio ante lo que le pareció una evidente violación a la Constitución, y además advirtió al juez Mejía que deberá abstenerse de dictar cualquier otra resolución que ponga en duda las atribuciones del IFT.

"De no otorgarse la suspensión se estaría permitiendo que, a través de las determinaciones impugnadas, se hiciera nugatoria la competencia que en materia de telecomunicaciones otorga de manera directa la Constitución al IFT", afirmó la Ministra.

"No se puede avalar que una autoridad judicial local, que no tiene competencia para determinar las atribuciones del IFT, pretenda desconocer esa competencia que por mandato de la Constitución tiene atribuida el Instituto, pues solamente la Corte puede establecer a quién corresponde o no un ámbito de competencia Constitucional".

Es previsible que el IFT resolverá en breve sobre la retransmisión o must carry-must offer, con lo que la controversia en la Corte quedaría sin materia, por lo que la orden dictada por Sánchez le da al Ejecutivo exactamente lo que buscó al promover esta demanda.

Desde que se reglamentaron las controversias constitucionales en 1995, es la primera vez que la Corte admite una demanda de este tipo contra un acuerdo dictado por un juez local durante el trámite de un juicio ordinario.

Televisa y TV Azteca podrán impugnar la resolución que dicte el IFT, pero sólo mediante juicio de amparo ante los juzgados federales especializados en telecomunicaciones, y sin tener derecho a que se...

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