Conozca la prórroga de la factura digital

AutorAbraham Saucedo

El próximo año será obligatorio abandonar la facturación impresa y realizar la migración hacia el nuevo esquema de facturación electrónica, en el que se expiden los llamados Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Aunado a esto, será también obligatorio comenzar a expedir estos comprobantes cuando se paguen remuneraciones, entregando recibos de nómina o de honorarios que vayan timbrados por un Proveedor Autorizado de Certificaciones (PAC) de la misma forma como se hace con las facturas.

Para las retenciones de impuestos, como las del ISR que se hacen en la nómina o las del IVA, se deberán también emitir constancias por medio de un complemento que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habrá de publicar en su página de internet.

Con el fin de hacer más sencilla la adopción de estos cambios, el SAT decidió permitir a algunos contribuyentes seguir facturando de la forma como lo hacen actualmente todavía hasta el próximo 31 de marzo.

Se trata de aquellas personas físicas cuyos ingresos en el ejercicio fiscal del 2012 hayan sido iguales o menores a 500 mil pesos.

Quienes decidan hacer uso de esta facilidad estarán condicionados a que, sin falta, a más tardar el 1 de abril del 2014 hayan migrado al nuevo esquema de facturación.

De no ser así, se invalidará la facilidad otorgada y aplicarán las disposiciones y sanciones en que se incurra por todos los CFDI que no hayan sido expedidos en el periodo del 1 de enero al 31 de marzo del próximo año.

El SAT también dispuso otorgar algunas facilidades a las personas físicas que en el 2012 hayan reportado ingresos mayores a 500 mil pesos y a las personas morales.

Este conjunto de contribuyentes, si así lo desea, podrá diferir hasta el 31 de marzo la expedición de los CFDI que se deben entregar al pagar remuneraciones.

Sin embargo, para este grupo, a diferencia del anterior, tomar la decisión de diferir esta expedición de...

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