Amagan a Repecos nuevas sanciones

AutorMa. Dolores Ortega

Los causantes registrados en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), que el 1 de enero pasaron al de Incorporación Fiscal (RIF), serán beneficiados en el primer año con un descuento del 100 por ciento en el pago de ISR, pero también recibirían castigos y sanciones de incumplir con alguna de sus nuevas obligaciones.

De acuerdo con fiscalistas consultados, el peor castigo que enfrentarían los contribuyentes del RIF es que pierdan el derecho de tributar en este régimen y el fisco los traslade al general, en el que tendrían que pagar todos los impuestos.

Esta situación ocurriría, explicó Anna María Garza, socia fiscalista del despacho Pérez Góngora y Asociados, cuando el contribuyente no presente sus declaraciones bimestrales de ISR dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones en seis años.

Pero además de dejar de tributar en el RIF y perder los descuentos del pago de ISR, que recibirán durante sus primeros 10 años de operación, los contribuyentes pueden ser acreedores a sanciones económicas y hasta penales.

Por ello, Raúl Montemayor, fiscalista, recomendó a los contribuyentes facturar las ventas realizadas, ya que por el procedimiento de discrepancia fiscal, la autoridad puede detectar diferencias y fincar hasta responsabilidades penales por defraudación.

"Que recuerden que hoy existe el procedimiento de discrepancia fiscal, a través del cual el fisco puede darse cuenta de que hay evasión al comparar los ingresos contra sus gastos", explicó.

"No es lógico que (el contribuyente) haya tenido compras de insumos por 30 mil pesos y ventas sólo por mil pesos".

Francisco Medellín, fiscalista del despacho Medellín y Asociados, resaltó la importancia de facturar a través del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), y exigirle éste a sus proveedores y validarlo en el portal del SAT.

"Por ahora sabemos que existe la prórroga (hasta el 31 de marzo próximo) en el uso del CFDI, pero es preciso que cada uno de los comprobantes que reciban los validen en el portal del SAT, antes de darle efecto fiscal".

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación 2014, aunque hay algunas multas...

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